Vida de la Iglesia

«El Obispo de Roma»

Documento del Dicasterio para la promoción de la unidad de los cristianos

Estatua de San Pedro en la Plaza de San Pedro, Ciudad del Vaticano

El diálogo ecuménico entre la Iglesia católica y las otras Iglesias y Comunidades cristianas comenzó al día siguiente del Concilio Vaticano II (1962-65), con la aprobación del decreto conciliar Unitatis redintegratio. Este documento marcó la entrada oficial de la Iglesia católica en el movimiento ecuménico. El gesto simbólico que subrayó este cambio ecuménico se produjo en vísperas de la conclusión de aquel Concilio (7 de diciembre de 1965), cuando se cancelaron las excomuniones mutuas entre la Iglesia católica y la Iglesia ortodoxa, condenas que estaban en vigor desde el Gran Cisma de 1054.

Desde ese momento, la Iglesia católica se ha comprometido en varios diálogos, sobre todo bilaterales, con las otras Iglesias y Comunidades eclesiales. Uno de los temas más debatidos en estos diálogos ha sido sin duda el del primado papal[1]. Pablo VI mencionó indirectamente este tema en un discurso dirigido a los miembros del entonces Secretariado para la promoción de la unidad de los cristianos (28 de abril de 1967), diciendo con franqueza que el Papa «es, sin duda, el mayor obstáculo en el camino del ecumenismo»[2]. Esta afirmación fue retomada posteriormente en la encíclica Ecclesiam Suam (ES), del 6 de agosto de 1964, en la que el Papa reiteró: «Un pensamiento a este propósito nos aflige, y es el ver cómo precisamente Nos, promotores de tal reconciliación, somos considerados por muchos hermanos separados como el obstáculo principal que se opone a ella, a causa del primado de honor y de jurisdicción que Cristo confirió al apóstol Pedro y que Nos hemos heredado de él. ¿No hay quienes sostienen que, si se suprimiese el primado del Papa, la unificación de las Iglesias separadas con la Iglesia católica sería más fácil?» (ES 114).

Poco más de treinta años después, el 25 de mayo de 1995, nuevamente en una encíclica, esta vez dedicada al compromiso ecuménico, Ut unum sint (UUS), Juan Pablo II señaló una vía para eliminar, al menos en parte, este obstáculo, es decir, «encontrar una forma de ejercicio del primado que, sin renunciar de ningún modo a lo esencial de su misión, se abra a una situación nueva» (UUS 95). Para lograr esto, era necesario repensar no tanto la esencia como la forma del ejercicio del primado. En esa encíclica, el Papa invitaba a los responsables eclesiales y a los teólogos de las otras Iglesias a establecer con él «un diálogo fraterno y paciente» sobre este tema, en el que pudieran escucharse «más allá de estériles polémicas, teniendo presente sólo la voluntad de Cristo para su Iglesia» (UUS 96).

También el papa Benedicto XVI hizo suyo el llamado de Juan Pablo II, insistiendo en el discernimiento entre la naturaleza y la forma del ejercicio del primado. Sin embargo, ha sido el papa Francisco quien ha puesto el ecumenismo como una urgencia para la Iglesia. En la Evangelii gaudium (EG), el Papa lamentaba lo poco que se había hecho para que el papado y las estructuras centrales de la Iglesia universal iniciaran una «conversión pastoral», reconociendo que «una excesiva centralización, más que ayudar, complica la vida de la Iglesia y su dinámica misionera» (EG 32).

A la convocatoria de Juan Pablo II de 1995, en estos años han respondido oficialmente 17 Iglesias (en particular, la Iglesia de Inglaterra, la Iglesia de Suecia y la Iglesia Presbiteriana de los Estados Unidos) y nueve organismos ecuménicos. Cabe señalar que hasta ahora no ha habido respuestas oficiales por parte de las Iglesias ortodoxas y orientales[3]. Sin embargo, debe considerarse que la cuestión del primado petrino ha sido abordada no solo en estas respuestas, sino también en alrededor de cincuenta documentos del diálogo católico con otras Iglesias, incluidas las ortodoxas.

Sobre estas respuestas al llamado de la encíclica Ut unum sint, el Dicasterio para la Promoción de la Unidad de los Cristianos ha elaborado un documento de estudio titulado El Obispo de Roma. Primado y sinodalidad en los diálogos ecuménicos y en las respuestas a la encíclica «Ut unum sint»[4]. Al redactarlo, el Dicasterio contó con la colaboración de varios expertos católicos y de otras tradiciones cristianas. Más que un enfoque doctrinal sobre el primado, el estudio es una síntesis razonada de las respuestas a la encíclica de Juan Pablo II y de los resultados de los diversos diálogos ecuménicos sobre el ministerio petrino. El Dicasterio espera así avanzar en el diálogo para implementar una reforma del primado, con el objetivo de reflexionar sobre la función que podría desempeñar el Obispo de Roma en el contexto de una Iglesia reunificada.

La ocasión histórica que impulsó la publicación de este documento fue no solo el 25º aniversario (1995-2020) de la encíclica Ut unum sint, sino también las celebraciones ecuménicas por los 1700 años del Concilio de Nicea (325-2025). Como indica el subtítulo del documento, Primado y sinodalidad, la cuestión ecuménica del primado de Pedro está asociada a la sinodalidad de la Iglesia. Por esta razón, la celebración del Sínodo (2023-24) era otra ocasión adecuada para la publicación de este documento. El Instrumentum laboris para la segunda sesión del Sínodo (octubre 2024), en el n. 107, conecta expresamente los frutos más significativos del Sínodo 2021-24 con los del diálogo ecuménico sobre el ministerio petrino, mencionando expresamente el documento El Obispo de Roma, que ahora deseamos presentar.

Estructura del documento

El documento está estructurado en cuatro partes. La primera consiste en una reflexión ecuménica sobre el ministerio del Obispo de Roma y resume tanto las respuestas a la encíclica Ut unum sint como los resultados de los diálogos teológicos entre la Iglesia católica y las demás Iglesias.

La segunda parte aborda las cuestiones teológicas fundamentales sobre el tema. Esta parte se divide en tres secciones. En la primera se ofrece una lectura actualizada y ecuménica de los textos petrinos contenidos en la Sagrada Escritura y en la Tradición patrística, deteniéndose en particular en las nociones de episkopē y diakonia. En la segunda y tercera sección se profundiza en el carácter teológico que la Iglesia católica atribuye a estos textos, fundamentando en ellos las definiciones del Concilio Vaticano I sobre el ius divinum y el ius humanum, el primado de jurisdicción y la infalibilidad papal, tal como se exponen en la constitución dogmática Pastor aeternus (1870). Como se indica expresamente en los títulos de estas dos secciones (cf. 2.3.1 y 2.3.2), el documento no se limita a exponer la doctrina conciliar, sino que ofrece una hermenéutica de las definiciones conciliares.

La tercera parte presenta las perspectivas para un ministerio de unidad en una Iglesia reunificada. Aquí se plantea si es aún necesario un primado universal para las Iglesias del futuro y cuáles serían los criterios, modelos eclesiales y principios que deberían caracterizar el ejercicio concreto del ministerio de unidad.

La cuarta parte del documento, finalmente, desarrolla algunas de las sugerencias prácticas o peticiones que han sido dirigidas a la Iglesia católica por parte de otras Iglesias. También en esta parte emerge como prioritaria la hermenéutica de las definiciones del Vaticano I. Así, la Iglesia católica pretende iniciar con las demás Iglesias un proceso de discernimiento para que el ministerio del Obispo de Roma no esté más aislado de la dimensión colegial y sinodal, superando así una visión centralizada de la Iglesia. En el documento Sinodalità e primato nel secondo millennio e oggi (2023), la Comisión Mixta Internacional para el Diálogo Teológico entre la Iglesia católica y la Iglesia ortodoxa afirma que, lamentablemente, la eclesiología subyacente a los dogmas papales del Vaticano I se aparta «de la tradición canónica de los Padres y de los concilios ecuménicos, ya que oscurece la catolicidad de cada Iglesia local» (n. 3.10).

El documento del Dicasterio, por lo tanto, se refiere a la eclesiología de la constitución conciliar Lumen gentium (n. 23), en la cual se expone cómo la Iglesia – una, santa y católica – está en las Iglesias locales y a partir de estas (in quibus et ex quibus). Ninguna Iglesia local, de hecho, existe de manera aislada, ya que cada una es una manifestación particular de la Iglesia universal.

En esta perspectiva eclesiológica, la dimensión sinodal de la Iglesia adquiere un rol fundamental para la comprensión del primado petrino. Al dirigirse al Grupo mixto de trabajo ortodoxo-católico San Ireneo (7 de octubre de 2021), el papa Francisco subrayó que la sinodalidad de la Iglesia se articula en tres niveles: 1) el de «todos», del pueblo de Dios; 2) el de «algunos», en referencia a la colegialidad episcopal; 3) el de «uno», el del Obispo de Roma. El Papa afirmó: «[El] ministerio primacial es intrínseco a la dinámica sinodal, así como lo son también el aspecto comunitario que incluye a todo el Pueblo de Dios y la dimensión colegial relativa al ejercicio del ministerio episcopal». Cabe destacar, como afirmó el papa Francisco y luego fue retomado por el Dicasterio, que en el nivel universal del pueblo de Dios, el Obispo de Roma es «un bautizado entre bautizados»; en el nivel local de la colegialidad episcopal, es «obispo entre obispos» (P 16), mientras que solo a nivel personal actúa con autoridad primacial y es sucesor del apóstol Pedro, quien preside en el amor a todas las Iglesias[5].

En la conclusión del documento del Dicasterio se resumen los tres puntos esenciales del mismo: 1) reconsiderar, a la luz de los estudios exegéticos más recientes y de la investigación patrística, el fundamento teológico de los textos petrinos, evitando «proyecciones anacrónicas de desarrollos doctrinales posteriores» y considerando mejor «el papel de Pedro entre los apóstoles» (OR 165); 2) la necesidad de una relectura ecuménica y actualizada de los dogmas del Vaticano I para llegar a un acuerdo sobre la «interdependencia entre primado y sinodalidad a todos los niveles de la Iglesia y la consecuente necesidad de un ejercicio sinodal del primado» (OR 171); 3) proyectar para la Iglesia reunificada un ejercicio del primado petrino que no esté modelado según el fenómeno eclesial del uniatismo[6], sino por una eclesiología sinodal y de comunión[7].

El Dicasterio para la Promoción de la Unidad de los Cristianos quiso añadir al documento un apéndice, en el cual presenta sus propuestas sobre la cuestión del primado. En una primera sección, se sugieren los pasos a seguir para los próximos diálogos teológicos entre las Iglesias; en una segunda sección, se elaboran algunos principios (subsidiariedad, re-recepción del Vaticano I y sinodalidad) y sugerencias prácticas para reformar desde ahora el ejercicio del ministerio de unidad del Obispo de Roma.

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Los puntos esenciales del documento

Los diálogos bilaterales entre la Iglesia católica y las otras Iglesias han abierto nuevos caminos para comprender mejor cómo reformar el ejercicio del primado petrino. Muchas de las respuestas a la encíclica Ut unum sint y los resultados de diversos diálogos coinciden en la necesidad de un ministerio personal de unidad para toda la Iglesia también en el futuro. Se indican tres razones. La primera proviene de la misma Tradición apostólica, que siempre ha reconocido un primado de honor entre las Iglesias a la sede de Roma (cf. OR 76-80). La segunda razón se basa en la interdependencia entre la dimensión primacial y la sinodal de la Iglesia (cf. OR 81-83). El primado a todos los niveles —local, regional y universal— es una práctica firmemente fundada en la Tradición. La tercera razón, de carácter pragmático, se debe al hecho de que, en un mundo cada vez más globalizado, se hace necesario tener, a nivel universal, una expresión visible de la comunión y unidad de todas las Iglesias (cf. OR 84-87).

En este nuevo horizonte eclesiológico, la Iglesia católica podrá releer las definiciones dogmáticas sobre el ministerio petrino, distinguiendo de manera más adecuada la esencia del primado (de iure divino) de los modos particulares en que se ha ejercido (de iure humano)[8]. «Gracias también a la reflexión ecuménica, la distinción entre de iure divino y de iure humano ha sido ampliamente superada por una distinción entre la esencia teológica y la contingencia histórica del primado» (OR 55). De hecho, el documento destaca cómo la elección de términos usados por el Vaticano I para definir el ejercicio del sucesor de Pedro —jurisdicción ordinaria, directa e inmediata, e infalibilidad— fue condicionada en parte por el contexto cultural y político de entonces.

En todos los diálogos se ha estado de acuerdo en admitir que el primado petrino no puede entenderse correctamente sin la colegialidad episcopal y la sinodalidad de todo el pueblo de Dios[9]. En este sentido, desde el punto de vista del ejercicio del primado petrino, la renuncia del papa Benedicto XVI «al oficio papal en 2013, la primera de un Papa en tiempos modernos», tuvo notables repercusiones ecuménicas. Los socios ecuménicos pudieron percibir que el Papa no es un «superobispo», sino que ejerce su ministerio con y dentro de la Iglesia, para el bien de todo el pueblo de Dios. Al reconocer su incapacidad para administrar adecuadamente el ministerio que se le había confiado, esta renuncia «contribuyó a una nueva percepción y comprensión del ministerio del Obispo de Roma» (OR 4).

En los diálogos ecuménicos se ha reconocido que el ministerio de unidad para toda la Iglesia no puede ejercerse solo a nivel personal (el Obispo de Roma), sino a cada nivel, es decir, también a nivel local (a través de la colegialidad episcopal) y a nivel universal (por la asamblea de los fieles). Lo mismo se aplica a la jurisdicción del Obispo de Roma en relación con las demás Iglesias locales, y aún más en relación con los Patriarcados y las Conferencias regionales.

El documento del Dicasterio hace referencia a la tradición del primer milenio, en la cual el ministerio de unidad del Obispo de Roma se ejercía en mutua interdependencia con los otros dos niveles de la Iglesia —local y regional—, tal como lo indica el Canon apostólico 34 de las Constituciones apostólicas[10].

En una Iglesia reconciliada del futuro, será necesario regresar a estas antiguas tradiciones e instituciones, que no eran predominantemente jurídicas, sino más bien consuetudinarias. Las formas de comunión —afirma el documento en los nn. 90-93— de los primeros cinco siglos pueden ser una fuente de inspiración para el presente. Por ejemplo: la mención litúrgica de los primados en varios niveles de la Iglesia (local, patriarcal y universal), la participación común en los sacramentos de las otras Iglesias y el intercambio de cartas de comunión.

Como afirmaba el entonces cardenal Joseph Ratzinger, cuando Oriente y Occidente estén nuevamente reunificados, «Roma no debe exigir de Oriente más de lo que se formuló y vivió en el primer milenio» (OR 16). Sin embargo, sería anacrónico —precisó posteriormente Ratzinger— regresar a la tradición del primer milenio sin integrarla con los desarrollos del segundo milenio, reconociendo así a un primado a nivel universal un grado suficiente de autoridad para poder responder a los desafíos contemporáneos y enfrentar las complejas responsabilidades asociadas a su ministerio de unidad.

El Obispo de Roma: Patriarca de Occidente

Al reflexionar sobre la interdependencia de la Iglesia local y regional, y de estas con la sede de Roma, el documento del Dicasterio subraya la necesidad de redefinir y revaluar el rol de las Conferencias Episcopales, tanto a nivel regional como continental. Esta solicitud proviene no solo de los socios ecuménicos occidentales y orientales, sino también del mismo Pontífice. En Evangelii gaudium, el papa Francisco recuerda la enseñanza del Vaticano II (cf. Lumen gentium [LG], n. 23), que invita a activar más la función de las Conferencias Episcopales, de manera análoga a las antiguas Iglesias patriarcales, otorgándoles «también una auténtica autoridad doctrinal» (EG 32). Y el papa Francisco añade que «una excesiva centralización, más que ayudar, complica la vida de la Iglesia y su dinámica misionera» (ibid.).

Haciendo suyo el deseo tanto del papa Francisco como de las Iglesias ortodoxas, el documento sugiere restablecer las Pentarquías o extenderlas, «trazando un cierto paralelo entre patriarcados y conferencias episcopales» (OR 128), pero no solo eso. El Dicasterio también propone la creación de «nuevos patriarcados» o «Iglesias mayores», separados de la Iglesia latina, siguiendo la intención del entonces cardenal Ratzinger, quien distinguía la función «patriarcal» del Obispo de Roma de la función «primacial»[11].

En una Iglesia reunificada, el tipo de relación entre las Iglesias de Oriente y la Iglesia de Roma deberá ser sustancialmente diferente de la relación que esta última tiene con las demás Iglesias latinas. La inclusión en el Anuario Pontificio del título «Patriarca de Occidente» —eliminado en 2006, bajo el pontificado de Benedicto XVI— en la lista de funciones del Obispo de Roma tiene una intención ecuménica precisa, como subrayó el cardenal Kurt Koch, prefecto del Dicasterio para la Promoción de la Unidad de los Cristianos, durante la presentación del documento en la Sala de Prensa el 13 de junio de 2024[12]. En calidad de Patriarca de Occidente, el Obispo de Roma ejerce su jurisdicción solo sobre las Iglesias latinas, no sobre las de Oriente. En el futuro, las Iglesias ortodoxas, así como las otras Iglesias y Comunidades eclesiales de Occidente, deberían seguir teniendo el derecho y el poder de gobernarse según sus propias tradiciones y disciplinas.

Esta diferencia entre Oriente y Occidente en sus relaciones eclesiales con Roma llevará a una mayor clarificación de lo que es esencial en el ejercicio del primado. El Papa es sucesor de Pedro en cuanto obispo de Roma, y no viceversa. Por eso, el papa Francisco, desde la noche de su elección (13 de marzo de 2013), en su discurso antes de la bendición «Urbi et Orbi», quiso subrayar que «el deber del Cónclave era dar un obispo a Roma», para que la comunidad diocesana de Roma pudiera tener a su obispo. Y añadió que esta Iglesia local «preside en la caridad a todas las Iglesias», retomando así las palabras de san Ignacio de Antioquía y san Ireneo[13].

Desde el Concilio de Nicea (325), a la sede de Roma y a su obispo se les reconoció la prioridad (protos y primus inter pares) en comparación con las otras dos sedes de Alejandría y Antioquía[14]. El documento del Dicasterio, sin embargo, recuerda que el primado del obispo de Roma sobre las demás Iglesias, tanto en Oriente como en Occidente, no se ejercía de manera uniforme, sino que variaba según sus esferas de influencia y según el modo en que se realizaba la Tradición de la Iglesia en las diversas Iglesias locales (cf. OR 95).

A lo largo de los siglos, al título de Obispo de Roma se le han añadido otros: pastor de toda la Iglesia, cabeza del Colegio de los obispos, Patriarca de Occidente, Primado de Italia, Arzobispo y Metropolitano de la Iglesia de Roma, Soberano de la Ciudad del Vaticano. Para encontrar una forma de ejercicio del primado adecuada a la «nueva» situación eclesial, será necesario distinguir bien estas diversas funciones. Haberlas confundido en el pasado hizo que el ministerio de Pedro se convirtiera en un «obstáculo» en lugar de un «camino» hacia la unidad de la Iglesia.

Hermenéutica conciliar renovada

Tanto en la segunda como en la cuarta parte del documento se reconoce la necesidad de releer el Vaticano I a la luz del Vaticano II, comprendiendo el primado petrino en el contexto de la colegialidad episcopal de los obispos (cf. LG 18). La renovación de las estructuras de gobierno de la Iglesia, que ya Pablo VI deseaba para la Iglesia y que ahora el papa Francisco pretende realizar (cf. OR 2), consiste en interpretar el Vaticano II a la luz de la sinodalidad y colegialidad. Para ello, la Iglesia católica puede aprender también de otras Iglesias. «En un espíritu de “intercambio de dones”, los procedimientos y las instituciones ya existentes en otras comuniones cristianas podrían servir como fuente de inspiración» para la misma Iglesia católica (cf. OR 180).

Según la metodología del ecumenismo receptivo[15], cada Iglesia comprende mejor su propia identidad a la luz de los dones que otra tradición eclesial ofrece al diálogo ecuménico. «Este “intercambio de dones” también se puede aplicar al ejercicio del primado. En efecto, mientras los católicos creen que el papel único del Obispo de Roma es un don precioso de Dios para el bien de toda la Iglesia, los diálogos han mostrado que existen principios válidos en el ejercicio del primado en otras comuniones cristianas que podrían ser considerados por los católicos» (P 3).

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Sinodalidad «ad intra»

El compromiso ecuménico de la Iglesia católica será tanto más creíble para los socios ecuménicos cuanto más se realice la sinodalidad también «ad intra»: «Las Iglesias y las comunidades eclesiales, tanto en Oriente como en Occidente, consideran atentamente el modelo de comunión y primado de la Iglesia católica ad intra como un modelo o una prueba de sus intenciones ad extra en el ámbito ecuménico» (OR 153). El ejercicio de la sinodalidad descentra a la Iglesia católica hacia las periferias, donde se expresa la diversidad y vitalidad de las Iglesias locales y del pueblo de Dios. Este descentramiento permitirá a la Iglesia entenderse ya no de manera autoreferencial, sino según la dinámica de su misión, realizada a través de la subsidiariedad en los diferentes niveles de la Iglesia: universal, regional y local.

Junto con la elaboración del estatuto de las Conferencias Episcopales (cf. EG 32), el documento del Dicasterio menciona el Consejo de Cardenales, conocido comúnmente como C9, que el papa Francisco creó en 2013 y que «podría ser el primer paso hacia una estructura de gobierno sinodal permanente a nivel de toda la Iglesia, con la participación activa de los obispos locales» (P 22).

Sinodalidad «ad extra»

El camino ecuménico emprendido por la Iglesia católica tras el Concilio Vaticano II está remodelando el ejercicio del primado de Pedro como un servicio para la unidad de las Iglesias. En varias ocasiones, en las respuestas a la encíclica Ut unum sint, se ha hecho al Papa –en su papel de ministro de unidad– la solicitud de convocar una asamblea «en la que puedan reunirse los representantes cualificados de la Iglesia católica y de las Iglesias pertenecientes al Consejo Ecuménico de las Iglesias» (OR 157).

Ya en el presente, la sinodalidad ad extra se manifiesta de diversas maneras, a través de gestos simbólicos pero muy significativos, como la oración ecuménica en común, las visitas ad limina de representantes de otras Iglesias y las acciones conjuntas por la reconciliación y la paz[16]. Entre los obispos anglicanos y los obispos católicos ocurren encuentros regulares, tanto a nivel regional como internacional. Lo mismo se espera para los obispos ortodoxos y católicos de una nación o región, quienes podrían reunirse periódicamente para consultarse sobre cuestiones pastorales (cf. OR 158). En este sentido, el Dicasterio propone para el futuro invitar a las otras comuniones cristianas a participar en los procesos sinodales católicos en todos los niveles (cf. P 24).

Perspectivas ecuménicas para el futuro

En el n. 95 de la encíclica Ut unum sint, Juan Pablo II subrayaba el papel esencial de los teólogos de todas las Iglesias en la búsqueda de formas mediante las cuales el ministerio petrino pueda realizarse como servicio de amor. En el anexo que el Dicasterio ha añadido al documento se proponen algunas ideas para facilitar de manera más clara y sencilla el llamado «diálogo de la verdad».

En primer lugar, es necesaria una mejor conexión entre los diversos diálogos teológicos, para evitar discordancias entre sus resultados, especialmente en el caso de los diálogos con las Iglesias de Oriente y con las de Occidente. A menudo sucede que los teólogos implicados en un diálogo determinado no conocen el trabajo de otros diálogos. Es, por lo tanto, imprescindible crear un «diálogo entre diálogos» para que los frutos de las diversas comisiones mixtas sobre la cuestión del primado estén mejor armonizados.

La segunda propuesta se refiere a la clarificación de la terminología empleada en los diálogos. Sinodalidad, conciliaridad, colegialidad y primado o administración son palabras que a veces no se utilizan de forma coherente y consistente en los documentos.

El Dicasterio propone, además, involucrar a toda la Iglesia en la recepción de los resultados de los diálogos ecuménicos, no solo mediante discusiones entre expertos, sino con la participación de fieles, teólogos y pastores, así como de facultades teológicas y comisiones ecuménicas locales.

Finalmente, la asamblea plenaria del Dicasterio sugiere (cf. P 32) a los miembros de las comisiones mixtas que no se limiten a discutir únicamente las diferencias doctrinales del pasado, sino que consideren las relaciones ecuménicas entre las Iglesias como un verdadero locus theologicus. El diálogo de la verdad no debe separarse del diálogo de la vida y de la caridad (cf. P 10).

Autoridad del documento

Para concluir esta presentación del documento El Obispo de Roma, es necesario plantearse la cuestión sobre su valor magisterial. Cabe decir, en primer lugar, que rara vez la Santa Sede responde oficialmente a documentos ecuménicos. Hasta ahora, las excepciones han sido la respuesta del Dicasterio para la Doctrina de la Fe al documento de la Comisión Internacional Anglicano-Católica Romana (ARCIC I) sobre Eucaristía y ministerio (1991) y la respuesta del mismo Dicasterio a la Declaración conjunta entre católicos y luteranos sobre la justificación (1999). También deben mencionarse dos respuestas del Dicasterio para la Unidad de los Cristianos a documentos de la Comisión Fe y Constitución del Consejo Ecuménico de las Iglesias. La primera, en 1987, al documento Bautismo, Eucaristía y Ministerio; la segunda, en 2019, al documento La Iglesia hacia una visión común.

El Directorio para la aplicación de los principios y normas del ecumenismo (1993) afirma que las declaraciones producidas por las comisiones de diálogo «tienen un valor intrínseco en virtud de la competencia y el estatus de sus autores. Sin embargo, no comprometen a la Iglesia católica mientras no hayan sido aprobadas por las autoridades eclesiásticas competentes» (n. 178). Esto significa que el documento de estudio no tiene ningún valor magisterial y, por lo tanto, no propone una enseñanza doctrinal: es solo una síntesis razonada de los resultados de los diálogos ecuménicos sobre el primado de Pedro.

El prefecto del Dicasterio, cardenal Koch, en el prólogo del documento, afirmó que se trata de un estudio «que no pretende agotar el tema ni resumir el magisterio católico sobre el mismo. Su objetivo es ofrecer una síntesis objetiva de los desarrollos ecuménicos recientes sobre el tema, reflejando así tanto las intuiciones como los límites de los propios documentos de diálogo». La aprobación que el papa Francisco dio al documento para su publicación le confiere ciertamente una autoridad, vinculante solo en la medida en que el documento esté en consonancia con el magisterio católico.

Este documento del Dicasterio ha recibido amplios elogios y sugerencias de mejora. Se alaba su estructura, y en particular la metodología de la re-recepción conciliar y el ecumenismo receptivo. La inspiración para aplicar esta metodología proviene de la misma encíclica Ut unum sint, donde Juan Pablo II solicita a los responsables eclesiales y a sus teólogos establecer con él un diálogo fraterno sobre el primado, «[escuchándonos] más allá de polémicas estériles, teniendo en cuenta solo la voluntad de Cristo para su Iglesia» y «[buscando] juntos las formas en las cuales este ministerio pueda realizar un servicio de amor reconocido por unos y otros» (UUS 95; subrayado nuestro). Estos deseos podrán hacerse realidad en la medida en que la Iglesia católica emprenda ad intra cada vez más ese camino eclesial de reforma de las estructuras de gobierno que el papa Francisco ha querido iniciar a través de los trabajos sinodales de 2023-24 (cf. el documento preparatorio «Por una Iglesia sinodal: comunión, participación y misión»).

Este documento del Dicasterio para la promoción de la unidad de los cristianos representa un importante avance en la búsqueda de nuevas formas para el ejercicio del primado del Obispo de Roma. «[Tanto] la sinodalidad como el ecumenismo son procesos de “caminar juntos”» (OR 5). En este nuevo contexto ecuménico y sinodal, como deseaba Juan Pablo II, el papado ya no constituye un «obstáculo» insuperable, sino una «vía» hacia la consecución de la unidad de la Iglesia.

  1. La Iglesia católica está involucrada en 13 diálogos bilaterales con otras Iglesias y Comunidades y en un diálogo multilateral con la comisión Fe y Constitución del Consejo ecuménico de las Iglesias.

  2. Pablo VI, s., «L’attività ecumenica del Segretariato per l’Unità dei Cristiani», en Insegnamenti di Papa Paolo VI, vol. V, Ciudad del Vaticano, Tipografia Poliglotta Vaticana, 1967, 193.

  3. El documento Il Vescovo di Roma («El Obispo de Roma») y otros documentos de los diálogos bilaterales pueden consultarse en línea en el situo del Dicasterio para la promoción de la unidad de los cristianos (www.christianunity.va). La lista de las respuestas a la Ut unum sint, provenientes de las Iglesias y de los organismos ecuménicos, se encuentra en las fuentes del documento.

  4. En adelante el texto será citado con la sigla OR, seguida por el número del texto, mientras que las propuestas del Dicasterio para la promoción de la unidad de los cristianos, adjuntas al documento, serán citadas con la sigla P, seguida por el número del apéndice. (Puesto que no existe una versión en español del documento, las citas que presentaremos son una traducción de la versión en italiano. Nota del traductor)

  5. Cf. Francisco, Discurso en ocasión del 50º aniversario de las instituciones del Sínodo de los Obispos, 17 de octubre de 2015.

  6. Con el término «uniatismo» se entiende la unión de algunas Iglesias orientales bajo la jurisdicción de la Iglesia de Roma. Véase el documento de Balamand (1993) de la Comisión Internacional para el Diálogo Teológico entre la Iglesia Católica y la Iglesia Ortodoxa sobre «El uniatismo, método de unión del pasado y la búsqueda actual de la plena comunión».

  7. El ministerio de unidad del Obispo de Roma deberá realizarse teniendo en cuenta sus diferentes formas de responsabilidad: patriarcal en la Iglesia de Occidente y primacial en la comunión de las Iglesias, tanto de Occidente como de Oriente, reconociendo eventualmente también a las otras Iglesias occidentales que actualmente no están en comunión con la sede de Roma una cierta autonomía, como en el caso de las Iglesias surgidas con la Reforma del siglo XVI.

  8. El documento del Dicasterio cita, al respecto, el n. 12 del texto de la Congregación para la Doctrina de la Fe El primado del sucesor de Pedro en el ministerio de la Iglesia (1998), en el cual se afirma que los contenidos concretos del ejercicio del ministerio petrino dependen de las circunstancias de lugar y tiempo y de las necesidades para la unidad de la Iglesia: «La mayor o menor extensión de dichos contenidos concretos dependerá en cada época histórica de la necessitas Ecclesiae. El Espíritu Santo ayuda a la Iglesia a conocer esta necessitas, y el Romano Pontífice, escuchando la voz del Espíritu en las Iglesias, busca la respuesta y la ofrece cuando y como lo considera oportuno».

  9. A pesar de la Nota explicativa previa a Lumen gentium (n. 4), sigue siendo cierto que el Obispo de Roma no puede ejercer ordinariamente su ministerio de manera aislada. Por ejemplo, la responsabilidad de preservar a la Iglesia del error (infalibilidad) pertenece a toda la Iglesia: mediante el sensus fidei del pueblo de Dios, que es infalible en la fe —como recuerda la Evangelii gaudium en el n. 19—, y mediante el magisterio ordinario de los obispos.

  10. «Los obispos de cada nación [ethnos] deben reconocer [quién es] el primero [protos] entre ellos y tomarlo como el jefe y no hacer nada importante sin su opinión, y cada uno debe actuar solo en lo que respecta a su propia jurisdicción y a los territorios que dependen de ella; pero tampoco aquel [el primero o jefe] debe hacer nada sin la opinión de todos: así habrá concordia y Dios será glorificado, el Padre, el Hijo y el Espíritu Santo» (Canon 34). Los cánones de Sárdica de 343 d.C. también privilegian la sede del Obispo de Roma en asuntos de derecho de apelación entre las Iglesias. Lo mismo sucede con los primeros Concilios ecuménicos. Aunque el Obispo de Roma nunca los convocó ni los presidió personalmente, sin embargo, él «estaba estrechamente involucrado en el proceso de toma de decisiones de los concilios» (OR 105).

  11. Cf. J. Ratzinger, Das neue Volk Gottes, Düsseldorf, Patmos, 1969, 142.

  12. Cf. www.christianunity.va

  13. Cf. OR 94.

  14. A partir del Concilio de Constantinopla (381), se inserta la sede imperial en la taxis de las Iglesias patriarcales, que desde entonces sería Roma. El orden de la pentarquía sería el siguiente: Roma, Constantinopla, Alejandría, Antioquía, Jerusalén.

  15. El método del ecumenismo receptivo se basa en la convicción de que cada Iglesia puede aprender, con integridad, de la otra, y así «juntas» pueden llegar a la plenitud de la Iglesia de Cristo. Este método se ejemplifica bien en el documento Walking Together on the Way de la tercera Comisión Internacional Anglicano-Católica Romana (ARCIC III).

  16. Muy importante fue la visita que el papa Francisco realizó el 16 de abril de 2016 a los migrantes de la isla griega de Lesbos, junto con el patriarca ecuménico Bartolomé I y el arzobispo ortodoxo de Atenas y de toda Grecia, Ieronymos. Otro evento significativo fue la peregrinación realizada por el papa Francisco a Sudán del Sur del 3 al 5 de febrero de 2023, junto con el arzobispo de Canterbury Justin Welby (anglicano) y el moderador de la asamblea general de la Iglesia de Escocia, Iain Greenshields (presbiteriano), para ayudar a resolver los conflictos en curso en ese Estado africano. La sinodalidad ecuménica se manifestó en varios momentos de oración en común: por ejemplo, en la participación de Juan Pablo II en la oración junto con el primado de la Comunión Anglicana en la catedral de Canterbury (29 de mayo de 1982); en la oración ecuménica en Bari (7 de julio de 2018) para invocar la paz en Oriente Medio; y en la apertura de la XVI Asamblea General Ordinaria del Sínodo de los Obispos (30 de septiembre de 2023). Otro importante signo de sinodalidad ad extra son las visitas periódicas ad limina de los obispos católicos, acompañados por los obispos anglicanos de sus respectivas diócesis. El 2 de mayo de 2023, el papa Francisco recibió en audiencia privada a los primados de la Comunión Anglicana, citando el trabajo realizado en los últimos 50 años por la Comisión Internacional Anglicano-Católica Romana (ARCIC). Por otro lado, Pablo VI (1967), Juan Pablo II (1979), Benedicto XVI (2006) y el papa Francisco (2014) han visitado el Fanar, sede del patriarca ecuménico ortodoxo.

Paolo Gamberini
Estudió Teología en Alemania (Frankfurt/M y Tübingen). Se doctoró en la Philosophisch-theologische Hochschule Sankt Georgen trabajando sobre el concepto de Analogía en la Teología de Eberhard Jüngel. Trabaja desde 1985 en el movimiento ecuménico, especialmente con anglicanos y luteranos. Ha asistido en 1988, 1998 y 2008 a la Conferencia de Lambeth en Canterbury - Inglaterra como periodista de La Civiltà Cattolica. De 1992 a 2014 ha sido profesor en la Pontificia Facultad de Teología del Sur de Italia (Nápoles), y desde 2005 es Profesor Titular. Desde agosto de 2015 hasta junio de 2018 fue Profesor Asociado en la Universidad de San Francisco.

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